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Aprueban IMSS e ISSSTE para parejas del mismo sexo

06 de Noviembre 2018
Los cambios en la ley garantizan que los conyuges puedan gozar de seguridad social

El pleno del Senado aprobó por unanimidad la reforma a la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para que parejas del mismo sexo gocen del acceso y disfrute a la seguridad social.

Estos cambios garantizan que las personas del mismo sexo podrán asegurar a su pareja.

Los cambios a estas normas, avalados con 110 votos a favor, también establecen que los hombres (en parejas heterosexual) serán beneficiarios de pensiones por viudez.

Germán Martínez, senador de Morena y próximo director del IMSS, declaró que con esta reforma ganan todas y todos los mexicanos, no sólo las parejas del mismo sexo.

“Debe haber los recursos humanos y materiales suficientes, se lo decimos a la Cámara de Diputados para que la disponibilidad sea plena. Tiene que haber la accesibilidad en los servicios de salud, tiene que haber la aceptabilidad sin pretextos.

“Ningún doctor, ninguna doctora, ninguna enfermera, ningún enfermero pueden negarse a hacer válido y a cumplir plenamente el Juramento Hipocrático de darles servicios de salud plenos a quien llegue a las instituciones de salud del Estado mexicano. No más discriminación”, expresó en tribuna.

Al presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, el priista Manuel Añorve explicó que el objetivo de las reformas a la Ley del Seguro Social y del ISSSTE es eliminar preceptos discriminatorios y reconocer el derecho a la seguridad social sin distinción de género o preferencias sexuales.

“Se privilegia ahora el uso de conceptos como unión civil en lugar de matrimonio y cónyuge en lugar de esposo o esposa. Con estas modificaciones avanzamos hacia una sociedad más tolerante, igualitaria e incluyente en la que los derechos son reconocidos a todos los que se encuentran en igualdad de condiciones, conforme a la ley y no de acuerdo con su género.

“De igual manera resulta ilógico, que hoy en el siglo XXI el hombre viudo no pueda recibir la pensión que le correspondía a su esposa fallecida, simplemente porque la ley sólo contempla este derecho en caso de dependencia económica”, afirmó.

Este fue el primer dictamen de la LXIV Legislatura, y la minuta fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis y dictaminación.

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