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Autoridad electoral amonesta a partidos por afiliación indebida

26 de Abril 2019

México, 26 Abr (Notimex).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió como fundadas las quejas por afiliación indebida de ciudadanas y ciudadanos por parte de cuatro partidos políticos.

Por ello, determinaron amonestar de manera pública a los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Verde Ecologista de México (PVEM) y Movimiento Ciudadano.

En ese sentido, la presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, Claudia Zavala, subrayó que la ciudadanía debe saber que se está en un plazo de actualización y depuración de los padrones de los partidos políticos y hasta el momento han dado cumplimiento a los deberes establecidos en el Acuerdo 33.

El cual contribuye a la construcción de una solución integral del problema jurídico generalizado, respecto de la correcta afiliación y desafiliación de los partidos políticos.

Asimismo, la autoridad electoral determinó imponer una amonestación pública y multa por 13 mil 687 pesos, respectivamente, a candidatos independientes a alcaldías de los procesos electorales locales ordinarios 2018-2019 de Aguascalientes y Durango por irregularidades en su Informes de Ingresos y Gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano.

Además, se dio por recibido el informe que da cuenta de las actividades a cargo del INE relativas a la organización de los procesos electorales locales 2018-2019, que se celebran en Aguascalientes, Baja California, Durango, Quintana Roo, Tamaulipas y Puebla.

En otro punto, el pleno aprobó por 10 votos en favor y uno en contra de la consejera Pamela San Martín, un criterio de interpretación donde señaló que es competencia del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Tabasco la fiscalización de las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse como partidos políticos a nivel local.

La consejera no acompañó la respuesta a una consulta del IEPC y opinó que lo adecuado sería el ejercicio de la facultad de atracción para fijar un criterio de interpretación.

-Fin de nota-

NTX/SHV/HTV

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