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Jueves 18 de Abril 2024
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Tribunal Colegiado revoca sentencia a favor de Porky

25 de Junio 2018
Diego “N”, extraditado de España, seguirá en El Penalito de Veracruz

El Segundo Tribunal Colegiado en Veracruz revocó por unanimidad de votos la sentencia en favor de Diego Gabriel “N”, acusado de pederastia, por la violación de una menor y cuyo video fue divulgado por los agresores, conocidos como “Los Porkys”.

Los magistrados del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, con residencia en Boca del Río, Veracruz, en sesión del 21 de junio, determinaron revocar la sentencia del Juzgado Tercero de Distrito a favor del presunto agresor, donde otorgo el amparo contra el auto de formal prisión.

Por conducto el veredicto sobre el amparo en revisión 206/2017 queda firme la determinación del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Veracruz, por lo cual seguirá el proceso en contra del inculpado.

En estos momentos el procesado sigue en prisión en El Penalito, en Veracruz, ya que dicho amparo nunca causó efectos, pues la Fiscalía General de Justicia estatal apeló la determinación judicial.

A principios de 2018  la Suprema Corte de Justicia de la Nación se negó a entrar en el estudio del amparo de Diego Gabriel, por lo cual lo retornó al Tribunal Colegiado para que éste resolviera.

En marzo de 2017, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal ordenó la separación del cargo Anuar González Hemadi, titular del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Penal, por el veredicto en el juicio 159/2017 a favor de Diego Gabriel, pues el impartidor no aplicó los criterios de equidad de género en favor de los grupos vulnerables como niños y mujeres.

Además, los términos utilizados en su sentencia para referirse a la menor, así como para narrar los hechos, la revictimizaron.

“No tenía la intención de llegar a la cópula vaginal, anal, ni oral, pues no existe ni un sólo elemento que acredite siquiera indiciariamente esta finalidad en el inculpado y, además, por el hecho perpetrado de momento, sin realizar otro tipo de acto o expresar palabra alguna, es dable considerar que no existía la finalidad de copular”, dice la resolución judicial.

El juez, ahora sujeto a investigación, consideró que no se logró acreditar la totalidad de los elementos del delito de pederastia que se atribuyen al quejoso, pues las pruebas presentadas por la defensa de la víctima, así como su declaración ante el Ministerio Público, establecen que Diego Gabriel sí realizó un tocamiento en la menor agraviada, aunque no con la intensión de violarla.

De esta manera concedió la protección de la justicia por insuficiencia probatoria para acreditar el cuerpo del delito y dictar auto de formal prisión, pues la Fiscalía de Justicia de Veracruz no presentó los elementos de prueba suficientes a fin de confirmar la responsabilidad del ahora inculpado.

En su momento,  el procesado también solicitó la libertad bajo caución con base en los beneficios que otorga el nuevo Sistema Penal Acusatorio, aunque su proceso se realiza conforme a los lineamientos del antiguo sistema y por tratarse de un delito grave no tiene derecho a que se le aplique la retroactividad del artículo Quinto Transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales.

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