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Descartan cambio en uso de suelo en terrenos incendiados

17 de Abril 2019

México, 17 Abr (Notimex).- La Secretaría de Medio Ambiente llamó a actuar de manera responsable en el manejo de terrenos agrícolas, ganaderos o forestales, particularmente aquellos al interior de Áreas Naturales Protegidas, y recordó que no se otorgará autorización de cambio de uso de suelo en terreno incendiado hasta que hayan pasado 20 años.

Instó también a que en caso de presenciar un incendio forestal se reporte a la brevedad y no se realicen intentos para apagarlo debido al alto riesgo que representa, ya que se requiere la participación de personal capacitado y equipo especializado en el manejo del fuego.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), en conjunto con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Comisión Nacional Forestal, recordó a la ciudadanía sobre las disposiciones legales vigentes en materia de cambio de uso de suelo de terrenos incendiados.

Estableció que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable establece en su Artículo 97 que “no se podrá otorgar autorización de cambio de uso del suelo en terreno incendiado sin que hayan pasado 20 años y que se acredite a la Secretaría que la vegetación forestal afectada se ha regenerado mediante los mecanismos que, para tal efecto, se establezcan en el Reglamento”

Además, de conformidad con el Artículo 155 fracción XXV de dicha Ley, se considera una infracción “realizar en terrenos incendiados cualquier actividad o uso distintos a la restauración o al manejo forestal sustentable dentro de los 20 años siguientes a que haya ocurrido un incendio.”

-Fin de nota-

 

NTX/JRR/MMH

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