Capital Querétaro

Fallo de la SCJN violenta el Estado de Derecho

Desde el pasado martes 13 de marzo, y después de mucho debate, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válida la revisión de personas y vehículos por parte de policías sin previa autorización judicial. Esto, a pesar de las recomendaciones y la preocupación que manifiesta la Comisión de Derechos Humanos al declarar que esta facultad transgrede los derechos a la libertad personal y de tránsito, seguridad jurídica, privacidad, vida privada, integridad personal y de no injerencias arbitrarias.

En justificación, la SCJN avala que se realice siempre y cuando haya sospecha razonable, denuncia o flagrancia, y no por la apariencia física del ciudadano, ya que la inspección de personas y vehículos es una revisión superficial que, por regla general, no genera afectaciones graves a las personas y que, de hacerlo, está sujeta a la revisión de un juez de control. Es decir, la policía solo puede realizar actos de inspección si se encuentra abierta una investigación criminal en curso, pero seamos realistas, ¿en México existe esa objetividad?

Además, la Suprema Corte de Justicia se está excediendo en criterios que van en conta del derecho, está invadiendo el poder que le corresponde al Poder Legislativo y no está respetando los tratados internacionales que son validados por el Estado Mexicano y la propia Constitución, por ejemplo, está el artículo 16 que cita: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”. Es decir, el sistema de Justicia está invadiendo al Legislativo al generar criterios que van en contra de la norma y que incluso llegan a derogarla, limitando así la seguridad jurídica a las personas por la subjetividad que a la fecha existe para que las autoridades detengan e inspeccionen a personas.

Las detenciones arbitrarias han sido unas de las principales causas de inconformidad ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos en los últimos años, habiéndose registrado 10 mil 225 quejas por este motivo entre 2007 y 2017, cuestión que resulta de particular importancia pues con frecuencia, las detenciones arbitrarias se vinculan a otras violaciones a derechos humanos de mayor gravedad como tortura, tratos crueles e inhumanos, degradantes o hasta desapariciones.

Por lo que, el fallo de la SCJN que faculta a los elementos policiales la inspección de personas y vehículos sin orden judicial, representa un retroceso al estado de derecho, viola el principio de legalidad, da paso a la arbitrariedad, limita y restringe derechos humanos e invalida la presunción de inocencia. Habrá que ver cómo se compagina con la también criticada Ley de Seguridad Interior.